-A: Características de la vivienda: Hay una serie de cuestiones que se deben considerar para evitar que se escapen pequeños detalles. De todos modos hay que ser conscientes de que la perfección no existe: se debe valorar la relación entre lo que se ofrece y el precio.
Es aconsejable no tomar una decisión impulsiva, haga una segunda visita a la vivienda o cuantas sean necesarias. La compra es una decisión suficientemente importante como para tomarse su tiempo. Cuando este delante de la que puede ser su futura casa, tenga en cuenta entre otros los siguientes aspectos: -Lo primero, por supuesto, es el gusto personal, y dentro de sus posibilidades económicas, lo más importante es que le guste, porque será su vivienda. -El espacio y la distribución general de la casa: metros cuadrados, número de habitaciones y de baños, pasillos, recibidores, estancias de paso, armarios empotrados, trasteros y otros espacios de almacenamientos. -La orientación de la vivienda: las exteriores reciben, normalmente más luz natural, las interiores son más tranquilas. Se suelen valorar más las viviendas orientadas al sur por la calidad y cantidad de la luz natural. -Las calidades de la construcción y los acabados -El estado de conservación de los elementos propios y comunes. -El tipo de calefacción y el aislamiento térmico.
-B: Hablando de superficies: La superficie de la vivienda es una de las características más importantes, si bien conviene aclarar la terminología utilizada más frecuentemente. Superficie construida ( metros construidos): Es la superficie de la vivienda incluyendo todos los elementos, como muros, vigas, tabiques y terrazas. Normalmente es el dato reflejado en los planos de la vivienda. Superficie útil: ( metros útiles): es la superficie total descontando el grosor de los muros, vigas, tabiques. Supone normalmente alrededor de un 15% menos que la superficie construida. En el caso de las terrazas, sin son abiertas, se considera la mitad de su superficie en el cálculo de la superficie útil. Superficie total o computable: Es la superficie construida a la que se añade la parte proporcional de los elementos comunes. Se llamana elementos comunes a los espacios de uso compartido por todo los vecinos- propietarios, como el portal, la escalera, los jardines… La superficie construida respecto de la superficie total del edificio, incluyendo esas zonas comunes, es lo que define la cuota de participación de la vivienda en los gastos de la comunidad del piso y es la base de la tasación de la vivienda. -C: El garaje: La plaza de garaje es otro aspecto importante que puede condicionar la elección de la vivienda. Tenga en cuenta: -La facilidad de acceso al garaje: entrada, sistema de apertura… -Dimensiones de la plaza y acceso -Entrada directa desde el garaje hasta la vivienda El garaje es también una finca, es decir, es un espacio de carácter urbano y como tal, es también un inmueble a efectos del Registro de la Propiedad. La plaza de garaje puede encontrarse en dos situaciones jurídicas distintas: Puede ser un anexo inseparable a la vivienda. En este caso por ser propietario de la vivienda será propietario de la plaza de garaje. Normalmente en las escrituras, la plaza de garaje viene designada como una parte indivisa de la superficie total del terreno que ocupan las plazas, En el Registro encontraremos una sola inscripción referida a la vivienda y a la plaza de garaje. La otra opción es que sea una finca registral independiente y cuya compra por tanto, debe hacerse por separado. Aunque para ahorrar gastos se puede utilizar el mismo documento notarial de la compra de la vivienda, especificando la compra por una parte de la vivienda y por la otra del garaje. En el Registro en cambio habrá dos inscripciones una para cada finca. -D: Viviendas VPO: Puede ocurrir que la vivienda que usted tiene intención de adquirir sea una Vivienda de Protección Oficial, lo que comúnmente se le denomina VPO. Esto quiere decir que el promotor se ha acogido a las ayudas y beneficios que le permite la normativa de protección oficial. A cambio de estas ayudas al proyecto, esta normativa limita el tamaño de las viviendas y define el precio máximo de venta de unos valores anuales máximos (llamados módulos). También suelen tener algún tipo de restricción en caso de posteriores transacciones y derechos de tanteo y retracto. El incumplimiento de estos límites puede acarrear sanciones administrativas y la devolución de las ayudas otorgadas. Las VPO puede ser de promoción pública cuando es la propia administración local, autonómica o central la que desarrolla el proyecto. Los precios son ajustados y además, tiene ventajas en la financiación. El problema es acceder a este tipo de viviendas ya que la demanda supera con mucho la oferta. Si la promoción VPO la lleva a cabo un promotor particular, es decir, recibe subvenciones para el proyecto, éste se denomina de promoción privada. En este caso también tienen un precio de venta máximo. Este tipo de ayudas varía anualmente en función de los presupuestos y la política de vivienda del Gobierno, de la Comunidad o del mismo Ayuntamiento. Los interesados pueden acudir a estos organismos públicos para informarse de la situación, condiciones de acceso y beneficios de las viviendas con ayuda pública. Las viviendas Libres, en contraposición con las anteriores son aquellas que no reciben ninguna ayuda oficial y que el promotor, por sus medios, promueve y vende. No tienen ningún tipo de limitación y sólo están sujetas a la oferta y demanda.
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