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Seguros: El principal temor a la hora de comprar una vivienda o de pagar la hipoteca es perder empleo.

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Si quieres hipotecarte, protégete del desempleo. Los seguros de desempleo cubren de 12 a 24 pagos de la hipoteca.

A la variedad de seguros para la protección de pagos, que cubren de una manera global la pérdida del ingreso principal por enfermedad, accidente o fallecimiento, se unen los que están diseñados especialmente para situaciones de desempleo.

Este tipo de póliza cubre en la mayoría de los casos doce mensualidades consecutivas del crédito hipotecario, o 24 mensualidades alternas, durante un periodo de cinco años, renovables. Aunque la idea es buena para blindarse para el peor mal de esta crisis, estos seguros tienen algunas exigencias para tener derecho al cobro del seguro.

El principal requisito para poder contratarlo es contar con un trabajo indefinido o estar dado de alta como autónomo. Además, sólo se cobra si el despido es improcedente. El resto de supuestos como la extinción del contrato, el despido procedente y los expedientes de regulación de empleo (ERE) no quedan cubiertos.

Por ello, es importante asegurarse antes de firmar el seguro de que la póliza se ajusta a nuestras necesidades y cumplimos con los requisitos necesarios para gozar de la cobertura.

Un dato a tener en cuenta, es que tiene un límite máximo en la cuota hipotecaria a pagar. Es decir, si la letra del prestamo de vivienda es muy elevado es probable que el seguro no cubra la totalidad de la misma.

Otra característica común es que el coste del seguro consta de una prima única que se abona al principio de la contratación del producto. Los precios varían según la entidad y el préstamo concedido, ya que se fija de manera proporcional al crédito concedido, pudiendo variar entre 1.700 euros y 3.500 euros.

Antes de que la crisis económica elevara la tasa de paro, los bancos y cajas solían imponer la contratación de este tipo de seguro a la hora de conceder el crédito hipotecario a cambio de un pequeño recorte en el diferencial del Euribor. No obstante, el año pasado fue el boom de los seguros por desempleo. Ahora las entidades lo siguen comercializando, pero el cliente lo tiene que solicitar.

El secretario general de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de ahorros y seguros (ADICAE), Fernando Herrero, explica que el sector financiero practicó abusos con este tipo de productos al exigirlos para acceder a una hipoteca sin aclarar las condiciones necesarias para tener cobertura en caso de paro. A la organización llegaron quejas de clientes que descubrieron que el seguro sólo les cubría si hubieran tenido contrato indefinido o si comunicaban el despido en un plazo de tiempo generalmente muy corto.

Es importante tener en cuenta que los seguros de desempleo puede ser contratados de manera independiente en cualquier aseguradora sin necesidad de estar vinculada a ninguna hipoteca. Herrero recuerda que no es obligatorio contratar otros productos con el préstamo hipotecario, ya que el uno seguro obligatorio que establece la Ley de Hipotecas es el de incendio y se puede contra con cualquier otra entidad.

Fuente: Finanzas.com

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02/09/2009 ir arriba
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